miércoles, 27 de noviembre de 2013

Política de uso de la Red y las Redes sociales en un centro educativo

El explosivo auge de las TIC y las Redes sociales y su implantación en los centros educativos como herramienta para el acceso y el desarrollo del conocimiento es, irremediablemente, un hecho. Sin embargo, esta revolución de las nuevas tecnologías y su forma de “entrar sin llamar” a nuestras aulas exige de una respuesta rápida de las instituciones educativas (en muchos casos, sin la distancia ni el reposo necesarios…) para planificar y regular los usos de la Red y las Redes sociales en los centros de enseñanza. Bien es cierto que asunto tan delicado como este exigiría de una competencia sobre TIC y sus usos de la que, en la mayoría de los casos, los mismos responsables de los centros carecen hasta al extremo, incluso, de negar la potencialidad de las herramientas TIC como recurso didáctico.




     En  cualquier caso, resulta innegable la necesidad actual de normalizar el uso de las nuevas tecnologías en los centros escolares si pretendemos conseguir un uso eficiente, organizado y responsable de las mismas.
¿Qué objetivos perseguimos con la publicación de esta política de uso de Red y Redes sociales?

·     Reflexionar sobre el potencial educativo de la Red y las Redes sociales.

·     Analizar los recursos TIC de los que dispone el centro y optimizar su uso.

·     Estimular el respeto y uso comunitario y solidario de los recursos materiales y TIC del centro como instrumentos para la mejora del proceso de enseñanza.

·     Definir la identidad digital individual y de grupo de la comunidad educativa del IES.

·     Establecer criterios comunes por parte de la comunidad docente para el uso eficiente de los recursos TIC del centro.

·     Fomentar el uso responsable de las Redes sociales entre los miembros de la comunidad educativa.

·     Establecer pautas de buenas maneras en el ejercicio de la convivencia digital para con los otros.

·     Determinar principios y valores esenciales para un uso responsable de TIC y Redes sociales en la comunidad educativa.

·     Disponer las condiciones necesarias para ejercer un uso seguro personal y colectivo de las Redes sociales asegurando la privacidad, seguridad e intimidad de los usuarios.

·     Fijar las situaciones en que resulta adecuado hacer uso del teléfono móvil o propio o de cualquier otro dispositivo personal.



Dispuestas así las cosas, quedarían del siguiente modo establecidas las pautas para un uso adecuado y responsable de TIC  y Redes sociales en el centro:

  1.  Todos recursos TIC, así como todos los perfiles generados en las Redes sociales para la actividad académica, como herramientas esenciales para el desarrollo del proceso de enseñanza, merecen el respeto de todos los miembros de la comunidad educativa, por lo que estos velarán, en todo caso, por su buen uso, defensa y conservación.
  2. Como norma general, la Red y las Redes sociales, en el IES, únicamente podrán ser usadas con fines académicos, quedando prohibido su empleo para fines  ajenos a la actividad educativa.
  3. Se permitirá el acceso a la Red y las Redes sociales mediante dispositivos propios del usuario (tablets, smartphones…), pero su utlización estará limitado a lo expuesto en estas normas. El usuario BYOD será el responsable de de que su dispositivo respete las condiciones de uso y seguridad que se determinen en protocolo adjunto. En el caso de que el usuario BYOD incumpliese dichas condiciones se impedirá el acceso del mismo a los sitios del centro con su propio dispositivo.
  4. Salvo para aquellos sitios de carácter público y abierto, el acceso a los perfiles en la Red y las Redes sociales generados por el centro se llevarán a cabo a través de invitación a las mismas, las cuales estarán restringidas a miembros de la comunidad educativa de la institución o a aquellas otras personas o instituciones que se consideraran oportunas por su vinculación a la institución.
  5. Cuando medien actividades que permitan el uso de la Red y las Redes sociales en el centro, la utilización de TIC y Redes sociales vendrá pautada por los criterios establecidos por el docente para el adecuado desarrollo de las mismas, quien, en cualquier caso, respetará siempre los principios dispuestos en estas normas rectoras de carácter general.
  6. Se velará siempre por  el respeto a la privacidad, el honor y la  intimidad de todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa que interactúen a través de la Red y las Redes sociales, por lo que no estará permitido publicar información, personal o ajena,  que no se relacione directamente con las actuaciones académicas.
  7. Consiguientemente, queda prohibido publicar comentarios, imágenes o vídeos de cualquier miembro de la comunidad escolar sin autorización expresa de los mismos o sus padres/tutores y conforme a lo establecido en Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y Ley 3/1999, de 31 de marzo, del menor.
  8. En el caso de recibir información de manera privada por alguno de los miembros de la comunidad, dicha información, aún poseyendo relevancia académica, solo podrá ser hecha pública con el consentimiento expreso del emisor de la información y de acuerdo a lo establecido en Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal  y Ley 3/1999, de 31 de marzo, del menor.
  9.  En los sitios y redes generadas por el centro, únicamente podrán ser vinculadas  fotografías siempre que las mismas estén relacionados con actividades académicas, previa autorización y consentimiento  de los afectados y de conformidad con lo establecido por estas normas y Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y Ley 3/1999, de 31 de marzo, del menor.
  10. Se respetará, en el caso de utilizar recursos creados por otros en los sitios del centro, el derecho a la propiedad intelectual y derechos del autor conforme queda establecido por Real Decreto Legislativo 1/1996, impulsando siempre el uso de recursos con licencia libre.
  11. A la hora de generar contenidos, sin perjuicio de los derechos que sobre los mismos pudieran ejercer  sus autores, se fomentará la creación de licencias Copyleft y  Creative Commons.
  12. Del mismo modo, se estimulará, en el desarrollo de contenidos, la creación de REA de acceso libre para la comunidad educativa.
  13. En los comentarios aparecidos en sitios o redes sociales relacionados con el centro educativo no podrán verterse valoraciones u opiniones que atenten contra el derecho al honor o la intimidad de las personas.
  14. Será necesario, en todo caso, dirigirse a terceros de forma respetuosa y constructiva, evitando mensajes  sexistas o atentatorios contra la dignidad de las personas.
  15. Para la comunicación a través de la Red y las Redes sociales del centro podrán usarse lenguajes no verbales (dibujos, emoticonos…), respetando siempre, como norma general,  derechos fundamentales de los usuarios.
  16. Se respetarán siempre las normas de la gramática de la lengua vehicular utilizada en las redes y no se tolerarán, en ningún caso, errores ortográficos.
                                                                                                     

BIBLIOGRAFÍA:

- VV.AA. (2013): Educación conectada en tiempos de redes. “El plan de educación de un centro educativo”. Recuperado en: < http://formacion.educalab.es/eva2013-14/pluginfile.php/140348/mod_imscp/content/1/plan_de_comunicacin_de_un_centro_educativo.html >. Acceso: 26 de noviembre de 2013.
-  VV.AA. (2013): Educación conectada en tiempos de redes. “Guías y políticas de uso de los medios sociales”. Recuperado en: < h http://formacion.educalab.es/eva2013-14/pluginfile.php/140349/mod_imscp/content/1/index.html >. Acceso: 27 de noviembre de 2013.
- Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
- Ley 3/1999, de 31 de marzo, del menor.
- Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.


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